Si bien la mayoría de las carretillas elevadoras no requieren de matriculación especifica porque se mueven exclusivamente dentro de recintos cerrados, sí existen algunos modelos como las contrapesadas (eléctricas o a base de gasolina) que al manipularse en el exterior deben ser registradas y matriculadas según una especifica legislación española que se dedica especialmente a regular este asunto. En el artículo de hoy estaremos hablando acerca de la matriculación de carretillas elevadoras y cuáles son los procedimientos que deben llevarse a cabo en aquellos casos en donde la registración del vehículo se vuelve trascendental y obligatoria.
El proceso de matricular una carretilla elevadora
Como mencionamos al comenzar el articulo de hoy, si bien la mayoría de las carretillas elevadoras no deben ser matriculadas por ser vehículos que se utilizan exclusivamente para circular en recintos cerrados, sí deben registrarse aquellas contrapesadas que se usan en el exterior y que muchas veces deben circular por la vía pública. Paso previo a la matriculación estos vehículos deben pasar por un proceso de homologación de tipo individual en base a la entrada en vigencia en 2010 del Real Decreto 750/2010.
Se deben obtener 3 certificados para poder matricular una carretilla elevadora contrapesada:
- En primer lugar debe existir un certificado de conformidad del fabricante o importador que notifique el cumplimiento de la directiva de seguridad de maquinas. Esto último relacionado a tres cuestiones distintas que son la de cumplimiento de compatibilidad electromagnética, de la directiva de frenado ISO 6292 y de cumplimiento de normativas de emisiones de gases contaminantes del motor.
- Se debe obtener un certificado de responsabilidad jurídica sobre el fabricante que elaboró el vehículo.
- Certificado ISO 9000 del fabricante.
Para que se pueda brindar la matriculación de estas carretillas elevadoras y la persona obtenga así el permiso de circulación para las mismas el vehículo debe de llevar determinados equipamientos y elementos homologados específicamente con sello señalador y su contraseña de homologación visible. ¿Cuáles son estos elementos que debe tener sí o sí la carretilla?
- 2 luces de cruce y 2 luces de posición
- Una luz de frenado
- Luces indicadoras de direcciones intermitentes, debiendo ser cuatro en total
- Luz de señal de emergencia. En este caso se requiere de que las cuatro luces destinadas para ello funcionen al mismo tiempo y sin problemas.
- Faro destellante o de tipo rotativo
- Catadióptricos traseros
- Espejo exterior de clase 2
- Señal de límite de velocidad